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¿Mi contador de agua cumple el control metrológico del estado?

Dependiendo de la tecnología que utilice el contador, de las condiciones del fluido y del uso al que vaya destinado el agua medida, son de aplicación diferentes reglamentaciones legales. Se distingue entre:
Tecnología CONTADORES MECÁNICOS Contador que utiliza un procedimiento mecánico directo, en él intervienen cámaras volumétricas de paredes móviles o la acción de la velocidad del agua sobre la rotación de un órgano móvil (turbina, hélice, etc.). Estos contadores incluyen un dispositivo medidor (por ejemplo, una hélice) que acciona un dispositivo indicador (generalmente un dial). Es el caso, por ejemplo, de los contadores tipo woltman, tangenciales, de chorro único o múltiple, etc.

CONTADORES NO MECÁNICOS Por exclusión, son el resto de contadores que no pueden considerarse mecánicos, por no utilizar un procedimiento mecánico directo.

Calidad/Uso
Calidad LIMPIA Este adjetivo se refiere a contadores situados en conducciones donde circula agua sin contenidos apreciables de sólidos en suspensión, cuya existencia podría producir un deterioro progresivo de la capacidad de medición del contador, afectando a su precisión, o produciendo una alteración directa de la medida.
OTRA Por exclusión, son las aguas que no pueden considerarse limpias.
USO RESIDENCIAL, COMERCIAL O INDUSTRIAS LIGERAS Se refiere a contadores situados en conducciones de agua que es destinada a los usos habituales en abastecimiento urbanos e industrias.
GESTIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO Se refiere a contadores empleados para el control de extracciones y vertidos al dominio público hidráulico.
RIEGO Se refiere a contadores empleados para el control de los volúmenes de agua dirigidos al riego.
OTROS USOS Por exclusión, son cualquier otro de uso no descrito.
Con la clasificación en función de la Tecnología del Contador, la Calidad del Agua y el Uso al que va destinado, se pueden distinguir tres tipos de Contadores, que obedecen al cumplimiento de las condiciones exigidas en cada caso1:

1Los nombres empleados en la tabla son meramente identificativos, empleando la reglamentación más reciente a cumplir, aunque en algunos casos puede cumplir reglamentaciones más antiguas que siguen teniendo validez o necesitan cumplir más de una reglamentación.


FASE DE COMERCIALIZACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO
Contador MID Contador ITC/279/2008 Tipo A Contador ITC/279/2008 Tipo B
REGLAMENTACIÓN A SEGUIR:
R.D. 889/2006 Anexo V (Directiva MID 22/2004/CE)2 ITC/279/2008 (R.D. 889/2006) Tipo A O.M. 28/12/1998 (Directiva 75/33/CEE)
CERTIFICADOS EXIGIDOS
(popularmente denominado homologación; el fabricante debe proporcionar documentos acreditativos específicos; no existe equivalencia de certificados entre reglamentaciones):
Evaluación de Conformidad
disponiendo de los modulos de conformidad. B3+F4 o B+D B5 o H16 relativas al cumplimiento de la DIRECTIVA MID 22/2004/CE
Evaluación de Conformidad
disponiendo de los modulos de conformidad. B+F o B+D o H1 relativas al cumplimiento de la ITC/279/2008
Certificado de Aprobación de Modelo conforme a las especificaciones de la Directiva 75/33/CEE
DEFINICIÓN DE CAUDALES CARACTERÍSTICOS
(deben especificarse en la certificación)
Caudal Permanente Q3 Caudal Permanente Q3 Caudal Nominal QQn
El caudal más elevado con el que el contador puede funcionar de forma satisfactoria en condiciones de uso normal, ya sea de forma continua o intermitente.
Caudal de sobrecarga Q4 Caudal de sobrecarga Q4 Caudal máximo Qmáx Qmax (=2*Qn)
El caudal más elevado al que un contador debe funcionar sin deterioro, durante periodos de tiempos limitados.
Caudal mínimo Q1 Caudal mínimo Q1 Caudal mínimo Qmin
El caudal mínimo para el que se garantiza un error admisible del contador
Caudal de transición Q2 Caudal de transición Q2 Caudal de transición (Qt)
El caudal entre Qn y Qmin que delimita el caudal donde se produce un cambio de tolerancia de error.

2Previamente a la publicación del R.D. 889/2006 regía también para el uso residencial, comercial y de industrias ligeras, cuando se trataba de agua fría y en contadores clasificados como mecánicos, la O.M. 28/12/1988 (Directiva 75/33/CEE). Contadores con dicho certificado, sigue siendo válida su puesta en servicio hasta la expiración de la validez del Certificado de Aprobación de Modelo, y en cualquier caso, no después del mes de octubre de 2016.
3 Módulo B: Examen de modelo
4 Módulo F: Declaración de conformidad con el modelo basada en la verificación del producto
5 Módulo D: Declaración de conformidad con el modelo basada en la garantía de calidad del proceso de fabricación
6 Módulo H1: Declaración de conformidad basada en la garantía total de calidad más el examen del diseño
7 Al tratarse de una Regulación Estatal Española, en caso que esas evaluaciones de conformidad procedan de otros Estados, deberán ser homologados por la Administración Pública competente Española.

CONDICIONES DE MARCAJE EN EL DIAL
(entre otras exigencias, debe comprobarse la correspondencia con los documentos de la certificación, debiendo aparecer lo siguiente)
Contador
MID
Contador
ITC/279/2008 Tipo A
Contador
ITC/279/2008 Tipo B
Marcado , donde las cifras numéricas se corresponden con los dos últimos dígitos del año en que se aplicó.
En su caso, debe aparecer a continuación el Nº de Identificación del Organismo que Evalúa la Conformidad.
Marcado donde las cifras numéricas se corresponden con las dos últimas cifras del año en que sea aplicó.
En su caso, debe aparecer a continuación el Nº de Identificación del Organismo que Evalúa la Conformidad.
Marcado conteniendo la identificación del pais y año, así como el Nº de Aprobación CEE del Modelo, con el signo y marca que en el certificado de aprobación se especifique.

CONDICIONES DE LA INSTALACIÓN
El fabricante debe especificar las condiciones en las que puede ser instalado el contador, debiéndose comprobar su cumplimiento para confirmar la validez del contador como instrumento de medida.
Entre ellas se encuentra las longitudes mínimas de los tramos recto de tubería que deben colocarse a la entrada del contador (U) y a la salida (D) del contador, expresada habitualmente en múltiplos del diámetro. Ejemplo U5D2.- longitudes mínimas a respetar de 5 veces el diámetro a la entrada y 2 veces el diámetro a la salida.



FASE DE INSTRUMENTOS EN SERVICIO
Contador
MID
Contador
ITC/279/2008 Tipo A
Contador
ITC/279/2008 Tipo B
REGLAMENTACIÓN A SEGUIR:
R.D. 889/2006 Anexo V (Directiva MID 22/2004/CE) ITC/279/2008 (R.D. 889/2006) Tipo A ITC/279/2008 (R.D. 889/2006) Tipo B
Se exige la Verificación Metrológica Periódica y después la Reparación o Modificación
La realiza, a solicitud del titular, un Organismo Autorizado de Verificación Metrológica
Plazo máximo en el que tiene que realizar la Verificación Periódica:
Criterio de tiempo desde la última verificación o puesta en servicio.
Criterio de volumen de agua medido desde la última verificación o puesta en servicio8.

8Multiplique el caudal nominal del contador en m3/h por el número de horas indicado en la tabla y obtendrá el volumen máximo, medido desde la puesta en servicio o la última verificación, antes del cual el contador deber ser nuevamente verificado, si no lo ha hecho antes por el criterio de tiempo.
Nota: Habitualmente es más restrictivo el criterio de tiempo, especialmente si el contador no se está utilizando de forma muy continuada.




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